La entrada en vigor el 7 de marzo de 2016 de la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno que, en su capítulo V, regula los mecanismos de control necesarios para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, atribuyó a la institución del Valedor do Pobo responsabilidades en esta materia. La norma implica doblemente a la institución del Valedor do Pobo al encomendarle las funciones propias del Comisionado de Transparencia e adscribirle la denominada Comisión da Transparencia como órgano colegiado independiente que resuelve las reclamacións relacionadas con los problemas de acceso a la información pública.
Como Comisionado de Transparencia, la institución del Valedor do Pobo tiene la misión de investigar posibles incumplimientos en los que puedan incurrir los poderes públicos en eld esarrollo de sus obligaciones de publicidade activa de información pública, bien a iniciativa propia o por denuncia de la cidadanía.
RESPONDER A CONSULTAS: dar respuesta a las consultas que, con carácter facultativo, le sean formuladas por las administraciones e instituciones públicas afectadas por la lei.
RECOMENDAR: adoptar recomendaciones para el mejor cumplimiento de las obligaciones legales en materia de transparencia y buen gobierno, oída la Comisión da Transparencia.
ASESORAR: asesorar en materia de transparencia del derecho de acceso a la información pública y el buen gobierno.
INFORMAR por medio de una doble vía: emitir informes previos sobre proyectos de ley o de reglamentos en materia de transparencia y buen gobierno (oída la Comisión da Transparencia) e incluir en el informe ordinario anual del Valedor do Pobo al Parlamento de Galicia una epígrafe específico sobre la aplicación y cumplimiento de la ley gallega de transparencia.
VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE PUBLICIDAD ACTIVA: Efectuar, por iniciativa propia o por medio de denuncia, requerimientos para la enmienda de los incumplimientos que se puedan producir de las obligaciones establecidas en materia de publicidad activa previstas en la ley.
PUBLICITAR: el informe anual que el Valedor do Pobo presente en el Parlamento de Galicia se pondrá a disposición de la ciudadanía en la web institucional y en el portal autonómico de transparencia y gobierno abierto
Puede denunciarlo ante el Valedor do Pobo que actúa como Comisionado da Transparencia
Por los canales habituales de tramitación de queijas ante el Valedor do Pobo.
1.Por internet: por medio del formulario web disponible en www.valedordopobo.gal
Por fax al número: 981 572 335
Por carta dirigida a: Valedor do Pobo. Rúa do Hórreo 65. 15700 Santiago de Compostela
En persona, sin cita, en esa misma dirección en horario de 9-14 e 16-19 horas.
O escrito deberá responder como mínimo as seguintes cuestións:
Contra que órgano da Administración da Comunidade Autónoma, concello, entidade ou empresa pública desexa presentar a súa queixa e cal é o motivo da mesma.
La Comisión da Transparencia es un órgano colegiado independiente adscrito a la institución del Valedor do Pobo
RESOLVER las reclamaciones frente a las resoluciones de acceso a la información pública
Con el actual marco normativo y con la Comisión da Transparencia ya en funcionamento, se da respuesta a alguna de las preguntas que puede hacerle la ciudadanía
Puede reclamar ante la Comisión da Transparencia
Su escrito, que debe llegar firmado, debe incluir obligatoriamente su nombre completo, un correo electrónico (en su defecto dirección postal) y una breve explicación acerca del problema detectado en el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública.
En esta información deberá especificar las fechas de lo ocurrido, el nombre del organismo, o unidad administrativa afectada y el lugar donde se produjeron los hechos.
Puede facilitar cuanta información documental considere relevante para poder tramitar la reclamación.
Imprescindible: Adjuntar copia del DNI/NIF/NIE o Pasaporte, de lo contrario no se podrá tramitar la reclamación.
Tiene un plazo de un mes desde el día de la resolución por parte del organismo afectado
La Comisión da Transparencia tiene habilitados vaios mecanismos (alguno aún pendente de puesta en funcionamento).
Puede dirigirse:
Un plazo máximo de tres meses. Si no se realiza en ese plazo, se entenderá la reclamación como desestimada por la Comisión da Transparencia y solo impugnable en vía contencioso-administrativa.
Está presidida por la titular del Valedor do Pobo.
La Vicepresidencia es del adjunto al Valedor do Pobo.
Cuenta con 5 vocalías que representan a:
-Xunta de Galicia (dirección xeral de avaliación e reforma administrativa)
-Consello Consultivo
-Consello de Contas
-Federación Galega de Municipios e Provincias