¿Qué son las brechas digitales de género?
La brecha digital de género se define como la diferencia del porcentaje de hombres y el porcentaje de mujeres en el acceso, el uso o el impacto de las tecnologías de la información y la comunicación. Aunque sería mejor hablar de brechas en plural, pues las brechas de acceso, de uso y de impacto son indicadores diferentes, también puede usarse indicadores más específicos respecto a acceso, uso o impacto, y además, todas las brechas, aunque se suelen referir a Internet y ello se sobreentiende si nada se dice, se pueden focalizar en cualquier otra TIC generando diferentes brechas según cada TIC.
- Brecha de acceso: está relacionada con el número de hombres y mujeres que, las usen o no, tienen acceso a las TIC y es una cuestión atinente a las infraestructuras tecnológicas que afecta en especial a países subdesarrollados o en vías de desarrollo, pero también, en los desarrollados, a mujeres de zonas deprimidas, rurales o de difícil
- Brecha de uso: está relacionada con la falta de competencias y habilidades de las personas para manejar las TIC y es una cuestión atinente a la alfabetización digital, en principio diferente a la existencia de infraestructuras tecnológicas, aunque la brecha de uso suele correr paralela a la brecha de acceso en la medida en que si las personas no tienen acceso a las TIC, difícilmente sabrán usarlas, si bien puede también ocurrir que el acceso sea fácil, pero las personas con acceso a TIC no las sepan emplear debidamente.
- Brecha de impacto: está relacionada con la calidad de uso de las TIC. Las personas pueden tener acceso a Internet, saber usarlo, pero lo usan como simple pasatiempo, o a un nivel muy básico, sin capacidad (por falta de habilidades) o sin voluntad (por desconocimiento o por desconfianza) en relación con gestiones avanzadas (comercio electrónico, banca digital, educación on line, búsqueda de empleo, gestiones administrativas …), o en particular (lo que muchas veces se presenta como una brecha independiente de la brecha de impacto) en relación con el ejercicio de profesiones CTIM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas) o STEM (por el acrónimo en inglés), siendo esta brecha CTIM / STEM la más preocupante en la realidad española.
Todas las brechas de género pueden estar afectadas por otras circunstancias personales o sociales que interactúan con los estereotipos de género y que, incluso por sí mismas, pueden causar otras brechas, en particular digitales (de acceso, uso o impacto): la edad, la discapacidad, la situación socioeconómica, la ruralidad, y en general todas las circunstancias personales o sociales susceptibles de ser causas de discriminación.
La lucha contra la brecha digital de género en la Gobernanza global
A nivel universal, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ha mostrado su preocupación al respecto en diversos documentos. Entre ellos el Informe Bridging the Digital Gender Divide: Include, Upskill, Innovate (2018) 1 , donde se evidencia que la exclusión digital de género es compleja y requiere distintas intervenciones en función de las barreras específicas, en relación a la falta de acceso y de uso de tecnología digital a las que están expuestas las mujeres y niñas. Los principales obstáculos identificados en el Informe citados son el acceso, la asequibilidad, la falta de educación, las habilidades y la alfabetización tecnología, y los prejuicios de género inherentes y las normas socioculturales. Muestra una preocupación en particular por la baja participación de las mujeres en las profesiones CTIM / STEM.
Con sustento en este y otros documentos de la OCDE, la Declaración “Economía Digital G20” emitida por la Reunión ministerial de economía digital del G20 celebrada el 24/08/2018 en Salta (Argentina) dedica uno de sus cuatro anexos a la cuestión bajo el título “Creando impacto en la reducción de la brecha digital de género”2, en el que se alienta a los países del G20 a tomar medidas en las siguientes áreas:
- Generar más conciencia en torno a la brecha digital de género y abordar los estereotipos de género que obstaculizan la participación plena de las mujeres en la economía digital.
- Fomentar la recolección de datos desagregados por sexo para permitir intervenciones basadas en evidencia.
- Promover habilidades digitales para mujeres, a fin de garantizar el acceso y ayudar a las mujeres a reincorporarse al mercado laboral para no perder talento valioso ni potencial social ni económico.
- Dirigir acciones en relación al acceso digital y el uso de aquellas mujeres que se encuentran rezagadas.
- Fomentar el emprendimiento de las mujeres en empresas
- Incentivar la cooperación entre los sectores privado y público para fortalecer el interés de las mujeres jóvenes y la participación de las mujeres en CTIM y los sectores de alta tecnología.
- Combatir la ciberviolencia hacia las niñas y las mujeres para facilitar su participación en línea.
- Utilizar herramientas digitales que brinden nuevas oportunidades para conectar a las mujeres para abordar la brecha digital y, al mismo tiempo, garantizar empleos de calidad y un entorno más seguro.
- Renovar, coordinar y alentar la participación en iniciativas conjuntas entre los países del G20 y las organizaciones internacionales para empoderar a las niñas y a las mujeres en la era digital.
La lucha contra la brecha digital de género en la Unión Europea
A nivel europeo, la Unión Europea también ha prestado atención a la superación de la brecha digital. Varias publicaciones de la Comisión Europea se han ocupado de la cuestión desde hace tiempo, como el estudio Women active in the ICT sector (2013)3, o el más actualizado Women in the digital age (2018)4. También la Comisión Europea mantiene actualizados los datos de la brecha digital a través del Women in Digital Scoreboard (WiD) que es un indicador sintético formado por 12 indicadores agrupados en tres dimensiones: uso de Internet, habilidades de uso de Internet, y habilidades de
especialistas y empleo tecnológico; los últimos datos publicados son de 20215, y en ellos se revela que, si bien la brecha de género es baja en el uso de Internet y en las habilidades de uso (en España hasta casi desaparecer), se mantiene en las habilidades digitales especializadas pues solo el 19% de los especialistas en TIC y alrededor de un tercio de los graduados en ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas son mujeres, sin que haya avances, ya que estas cifras se han mantenido estables en los últimos años.
Sobre la base de estos documentos y de muchos otros (que de manera exhaustiva se detallan en el encabezado de la propia resolución y cuyo análisis excedería estas páginas), el Parlamento Europeo ha aprobado el 21 de enero de 2021 una Resolución sobre el cierre de la brecha digital de género: participación de la mujer en la economía digital (2019/2168(INI))6. Después de los oportunos considerandos, la Resolución se divide en 37 apartados bajo los siguientes títulos: observaciones generales; educación; empleo y espíritu empresarial; los sectores de la cultura, los medios de comunicación y audiovisual; recopilación de datos; la lucha contra la violencia de género: la ciberviolencia; ámbitos emergentes; la igualdad de género en las políticas de desarrollo.
La lucha contra la brecha digital de género en España
A nivel nacional, los datos manejados sitúan a España en una posición bastante positiva en el contexto de la Unión Europea7: en cuanto al acceso, la adopción y el uso de herramientas tecnológicas, la brecha digital de género se ha reducido de forma considerable hasta desaparecer en términos cuantitativos en nuestro país, aunque haya alguna diferencia cualitativa en el uso pues los hombres predominan en actividades como la banca por Internet y en la administración electrónica, mientras las mujeres lo hacen en educación en línea, salud y comunicación, y búsqueda de empleo on line.
Donde la brecha mantiene una distancia relevante entre hombres y mujeres en nuestro país es en habilidades digitales especializadas y en el colectivo de profesionales en tecnologías digitales 8 , es decir respecto a los indicadores vinculados a la especialización digital y a las profesiones tecnológicas, o sea la brecha CTIM / STEM.
¿Qué se hace en España para superar la brecha CTMI / STEM? Las actuaciones a nivel nacional para luchar contra esta brecha digital de género se integran dentro de la Agenda España Digital 2026, que el Gobierno define como la hoja de ruta para la transformación digital del país, una estrategia ambiciosa para aprovechar plenamente las nuevas tecnologías y lograr un crecimiento económico más intenso y sostenido, rico en empleo de calidad, con mayor productividad y que contribuya a la cohesión social y territorial, aportando prosperidad y bienestar a los ciudadanos en todo el territorio9.
La Agenda España Digital 2026 se concreta en 50 medidas en torno a diez ejes estratégicos. Respecto a la brecha de género, interesa el eje estratégico 9 “competencias digitales”: “El reto para 2026 es reforzar las competencias digitales de la fuerza laboral y del conjunto de la ciudadanía, reduciendo las brechas digitales; completar la transformación digital de la educación; garantizar la formación en competencias digitales a lo largo de la vida laboral; y aumentar el porcentaje de especialistas digitales en la economía española consiguiendo una paridad de género en este colectivo”.
Tal objetivo 9 se desarrolla en el Plan Nacional de Competencias Digitales cuyo objetivo general es garantizar la formación e inclusión digital de los trabajadores y del conjunto de la ciudadanía, con el fin de impulsar la creación de empleos de calidad, reducir el desempleo, aumentar la productividad y (en lo que aquí nos interesa) contribuir a cerrar las brechas de género, sociales y territoriales. Más concretamente, la lucha contra la brecha digital de género se canaliza a través de programas de fomento de vocaciones científico-tecnológicas en el sistema educativo, y fomento de la capacitación digital de las mujeres y de participación en itinerarios formativos tecnológicos10.
Así es que la lucha contra la brecha digital de género se integra en el núcleo central de las políticas públicas sobre digitalización de la sociedad. Ciertamente, no podía ser de otro modo, tanto porque viene impuesto por la Unión Europea, como porque resulta obligado si se quiere satisfacer el principio de transversalidad de la dimensión de la igualdad de trato y oportunidades de mujeres y hombres recogido en el artículo 15 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
La lucha contra la brecha digital de género en Galicia
Galicia siempre se ha caracterizado por un importante músculo normativo e institucional en materia de igualdad de género y en la cuestión de la brecha digital de género ha vuelto a demostrarlo con la Ley 13/2021, de 20 de julio, para garantizar la igualdad real entre mujeres y hombres en el ámbito universitario y de la investigación.
En la Exposición de Motivos de la Ley se establece el diagnóstico del problema cuando se reconoce la pervivencia y reproducción de las brechas de género, tanto verticales como horizontales, en la ciencia y en la investigación; discriminaciones que resultan de conjugarse, entre otros, los dos siguientes fenómenos más específicos:
- El glass ceiling o «techo de vidrio», según el cual las mujeres van avanzando posiciones en sus carreras profesionales hasta encontrarse con un techo o barrera invisible que impide su progreso hasta la cima.
- El leaky pipeline o «tubería que gotea», por el cual las mujeres van desapareciendo progresivamente, gota a gota, de las carreras científicas a las que van accediendo, por los obstáculos y limitaciones que se encuentran.
A los efectos de dar respuesta a estas situaciones, se modifica el Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad, dando nueva redacción al artículo 20 sobre “perspectiva de género en la universidad y en la investigación” e introduciendo un artículo 20bis sobre “evaluación de los méritos, currículum vítae y trayectoria investigadora en las convocatorias públicas de I+D+i”.
Todas las medidas contempladas en estos artículos tienen como objetivo hacer efectiva la igualdad de mujeres y hombres en el ámbito de la universidad, de la investigación y de la transferencia del conocimiento. Destacaremos de entre ellas:
- Fomentar la creación de cátedras sobre cuestiones de género en las universidades gallegas.
- Apoyo a la realización de proyectos de estudio e investigación sobre cuestiones de género y/o de proyectos de estudio e investigación en los cuales se integre
la perspectiva de género; y se garantizará que en los proyectos de investigación y de transferencia del conocimiento de los que se puedan extraer resultados para las personas se tenga en cuenta la perspectiva de género.
- Se garantizará la formación de la totalidad del personal en materia de perspectiva de género y prevención de la violencia contra las mujeres.
- Apoyo, a través del establecimiento de medidas de acción positiva, del trabajo de las mujeres en el ámbito de la investigación, fomentando su participación y liderazgo en grupos de investigación.
- Visibilización de las aportaciones de las mujeres en los ámbitos científico y técnico a lo largo de la historia y en la actualidad, tanto aquellas de reconocido prestigio y carrera consolidada como el talento emergente.
- Garantía de que los períodos de tiempo dedicados al disfrute de permisos, o con reducciones de jornada, por razones de conciliación o cuidado de menores, familiares o personas dependientes, no repercutan negativamente en la formación y en la carrera docente e investigadora.
Hemos de señalar, finalmente, la existencia de un Proyecto de Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres en Galicia 11 que sustituiría al Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, y que, además de mantener las medidas a que se refiere los aún vigentes artículos 20 y 20bis (en los artículos 54 a 56), introduciría un capítulo específico dedicado a la igualdad en el ámbito digital (artículos 70 a 74).
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1 Accesible en https://www.ocd.org/digital/bridging-the-digital-gender-divide.pdf (consultado el 02/01/2023)
2 Accesible en https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/declaracion_ministerial- economia_digital-g20-salta-ago_2018.pdf (consultado el 02/01/2023).
3 European Commission, Directorate – General for the Information Society and Media, Women active in the ICT sector: executive summary, Publications Office, 2013, https://data.europa.eu/doi/10.2759/28061.
4 European Commission, Directorate – General for Communications Networks, Content and Technology, Women in the digital age: executive summary, Publications Office, 2018, https://data.europa.eu/doi/10.2759/517222.
5 Accesible en https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/news/women-digital-scoreboard-2021 (consultado el 02/01/2023).
6 Accesible en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A52021IP0026 (consultado el 02/01/2023).
7 Un análisis de los datos europeos y su comparativa en España en Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad, Women in Digital: Una perspectiva europea. 2022, Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (Madrid, 2022), accesible en https://www.ontsi.es/sites/ontsi/files/2022-03/women_in_digital_perspectiva_europea2022.pdf (consultado el 02/01/2023).
8 Observatorio Nacional de Tecnología y Sociedad, Women in Digital …, citado, p. 13.
9 Accesible en https://portal.mineco.gob.es/es- es/ministerio/estrategias/Paginas/00_Espana_Digital.aspx
10 Accesible en https://portal.mineco.gob.es/es-es/digitalizacionIA/Paginas/plan-nacional- competencias-digitales.aspx (consultado el 02/01/2023)
11 Accesible en https://transparencia.xunta.gal/tema/informacion-de-relevancia- xuridica/normativa-en-tramitacion/pendente-de-aprobacion/-/nt/0630/proyecto-ley-para- igualdad-efectiva-mujeres-hombres-galicia (consultado el 02/01/2023)