La próxima Ley del Deporte y la lucha contra la discriminación de la mujer.

La próxima Ley del Deporte y la lucha contra la discriminación de la mujer

Rosa Rodríguez Martín-Retortillo. Profesora Ayudante Doctora, Universidade de Vigo

La Carta Internacional de la Educación Física, la Actividad Física y el Deporte, adoptada por la Unesco en 2015, establece en su art. 1.1 que “todo ser humano tiene el derecho fundamental de acceder a la educación física, la actividad física y el deporte sin discriminación alguna, ya esté ésta basada en criterios étnicos, el sexo, la orientación sexual, el idioma, la religión, la opinión política o de cualquier otra índole, el origen nacional o social, la posición económica o cualquier otro factor”. Este documento, que sucede a la Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte de la Unesco del año 1978, supone un paso más en el reconocimiento de la igualdad en el deporte, primero porque emplea la expresión “todo ser humano”, y después porque en la versión actualizada de 2015 incorpora expresamente la referencia a la ausencia de discriminación, del tipo que sea. Asimismo, destaca ya desde su versión original la consideración del acceso al deporte como un derecho fundamental. Todo ello pone de manifiesto el importante papel que las instituciones y todos los colectivos involucrados en ámbito del deporte pueden desempeñar para promover y garantizar condiciones de igualdad efectiva en su ejercicio. Ello resulta esencial para vencer muchos estereotipos que se siguen dando a día de hoy, vinculados a la falta de difusión del deporte femenino, a vestimenta que en ocasiones puede ser calificada como sexista, el insuficiente apoyo económico ligado a la falta de patrocinadores, etc.

Dada la trascendencia de esta materia, la normativa de nuestro país exigía una revisión que de manera clara tuviera entre sus objetivos prioritarios defender la igualdad en el deporte. En este sentido, y tras más de treinta años con una Ley de Deporte, el pasado 3 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Dictamen emitido por la Comisión de Cultura y Deporte sobre el Proyecto de Ley del Deporte. Acaba de superar el trámite de la Comisión del Senado, y será elevada al Pleno, y de ahí será remitida al BOE. Como se indica en el Preámbulo del Proyecto de Ley, uno de los objetivos que se pretenden alcanzar es la práctica deportiva libre de cualquier tipo de discriminación, especialmente en el caso de niñas y mujeres, aplicando el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo. Con este fin, el compromiso es global. Por un lado, las políticas públicas deben orientarse en torno a la prevención, control y erradicación de cualquier clase de violencia en el deporte, así como la discriminación y la incitación al odio, entre otros motivos, por razón de sexo. Por otro, se pone de manifiesto el papel de las federaciones deportivas españolas y las ligas profesionales, que deberán contar con un protocolo de prevención y actuación para situaciones de discriminación, abusos o acoso sexual y acoso por razón de sexo o autoridad.

Proclamada la igualdad, hay aspectos concretos que necesitaban un auténtico respaldo y visibilidad. Uno de ellos es el tema del embarazo, respecto del que el Proyecto de Ley dispone que “el legislador no podía ignorar el desamparo legal de las mujeres deportistas en situación de embarazo ante la pérdida de ayudas y subvenciones bajo el pretexto de no haber competido, o las dificultades para la conciliación familiar y la reincorporación a la actividad deportiva tras la maternidad”. Y añade que “se consideran nulas de pleno derecho las cláusulas contractuales tendentes a permitir o favorecer la rescisión unilateral del contrato por razón de embarazo o maternidad de las mujeres deportistas”.

Interesan, por su impacto, los convenios colectivos en materia de deporte femenino, que, si bien muy escasos, han impulsado la igualdad de oportunidades y de condiciones en la práctica deportiva desde diferentes disciplinas. Teniendo en cuenta que las condiciones en el deporte masculino y el femenino distan mucho de ser equivalentes, el paso de reconocer y garantizar unos derechos mínimos es esencial en el avance de la igualdad. Destaca por su carácter pionero el Convenio Colectivo para a actividad del Baloncesto Profesional de la Liga Femenina, publicado en el BOE en el año 2008, que fue el primer convenio colectivo femenino sectorial. Este texto fue precursor en la regulación de las condiciones de trabajo propias de las jugadoras y supuso un importante avance en el deporte femenino, aunque ya no se encuentre vigente. Otro texto destacable el que ha sido el primer Convenio Colectivo del Fútbol Sala Femenino, del año 2018, firmado por el Burela FS. Este convenio, entre otras cuestiones, establecía que “se entenderá prorrogado el contrato (mínimo un año), a los meses del embarazo y el periodo de maternidad”. Por otra parte, no fue hasta 2020 cuando se aprobó el I Convenio Colectivo del Fútbol Femenino, cuya vigencia finalizó el 30 de junio de este año 2022, lo que ha llevado a la necesidad de alcanzar un nuevo acuerdo que desemboque en el II Convenio, actualmente en curso de negociación, al reconocerse como Liga Profesional la Primera División Femenina de Fútbol a partir de 2023. Entre los aspectos que se pretenden reforzar con el nuevo convenio, están los relativos a la adaptación de las instalaciones, en el sentido de habilitar zonas de lactancia, u otras medidas de conciliación como la posibilidad de viajar con los bebés en los primeros meses tras el descanso de maternidad. Todo ello sin olvidar los mencionados protocolos frente al acoso sexual, que deben configurar un procedimiento garantista que vele por la dignidad de la trabajadora, teniendo en cuenta que en el deporte femenino la mujer está más expuesta a situaciones de violencia en el trabajo.

Sin duda, la nueva Ley del Deporte es una oportunidad para eliminar barreras y sesgos en este ámbito, y su actualización es una necesidad, tras contar con una norma de hace más de treinta años, la Ley 10/1990, de 10 de octubre, pensada en clave eminentemente masculina. Todavía quedan muchos estereotipos que vencer, pero el apoyo de instituciones y medios de comunicación es esencial de cara a la visibilización del deporte femenino en sus diversas disciplinas.

 

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